Hugo Chávez ya prepara su nuevo “13 de Abril”: volverán a presentar la reforma
Que “todo 11 tiene su 13″ es algo que el chavismo repite sin cesar y ya el Presidente Chávez tomó la decisión de comenzar a gestar su nuevo “13 de Abril”. Si minutos después de conocer su derrota lo insinuó, y esta tarde la Asamblea comenzó a dar pasos en tal camino, esta noche lo confirmó en llamada a La Hojilla. Volverán a presentar la reforma, con algunos cambios mínimos, y propuesta por otra persona. Todo un ejemplo de respeto a la volunta del pueblo.
Este martes en la noche, el Presidente Hugo Chávez se comunicó con el programa “La Hojilla” de VTV, conducido por Mario Silva y contando como invitado a Randolph Borges, uno de los conductores del programa “La Ventana” de YVKE Mundial.
Durante su intervención en el programa, el Presidente Chávez reconoció que ya perdió el derecho a introducir una propuesta de Reforma Constitucional, “pero el pueblo venezolano tiene la potestad y derecho de presentar -si así lo quiere- una solicitud de Reforma antes de que termine este período, para el cual faltan cinco años.”
Recalcó que el pueblo, “el año próximo o dentro de tres años,” puede presentar otra Reforma. “No tiene que ser exactamente la misma. Puede ir en la misma dirección, pero de otra forma: mejorada y simplificada, porque tengo que aceptar que esta Reforma se nos volvió muy compleja, y en el debate abierto se volvió aún más compleja. Esto lo utilizó el adversario y nos faltó capacidad para explicarla mejor.” La propuesta de reforma hecha por el Presidente Chávez era de 33 artículos, que aumentó a 69 artículos durante el debate en la Asamblea Nacional.
“A pesar de ser una ofensiva temprana, casi lo logramos“, dijo el Presidente referente a que el “Sí” perdió por apenas 120 mil votos. “¡Consolidemos esta fuerza, incrementemos esta fuerza y ya vendrá la nueva ofensiva, que podría hacerse por vía popular! ”
“Con todo lo que hemos ganado este año de debate, ¡sigamos debatiendo! Que no crean los adversarios que estamos de capa caída. ¡No hemos perdido nada! Aquí sigue Chávez firmando cuentas, preparando planes, preparando el viaje para la toma de posesión de Cristina (Kirchner), creando empresas socialistas, chequeando el tema de las Reservas Internacionales, chequeando el tema petrolero, preparándonos para cerrar el año de la mejor manera y entrarle duro al 2008.”
“No es hora de entrarnos a tiros”, dijo indicando que no es el momento de culpar a determinados funcionarios por la victoria del “No”. También explicó que no cree haber apresurado su propuesta, dado que, durante la campaña electoral en 2006, “tomamos la propuesta de Reforma como uno de los cinco motores en el primer año del período constitucional”, dijo Chávez.
Artículos de interés en la Constitución vigente
Artículo 342. La Reforma Constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto Constitucional.
La iniciativa de la Reforma de la Constitución la ejerce la Asamblea Nacional mediante acuerdo aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes, por el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros o a solicitud de un número no menor del quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral que lo soliciten.
Artículo 343. La iniciativa de Reforma Constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en la forma siguiente:
1. El Proyecto de Reforma Constitucional tendrá una primera discusión en el período de sesiones correspondiente a la presentación del mismo.
2. Una segunda discusión por Título o Capítulo, según fuera el caso.
3. Una tercera y última discusión artículo por artículo.
4. La Asamblea Nacional aprobará el proyecto de reforma constitucional en un plazo no mayor de dos años, contados a partir de la fecha en la cual conoció y aprobó la solicitud de reforma.
5. El proyecto de reforma se considerará aprobado con el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes de la Asamblea Nacional.
Artículo 344. El proyecto de Reforma Constitucional aprobado por la Asamblea Nacional se someterá a referendo dentro de los treinta días siguientes a su sanción. El referendo se pronunciará en conjunto sobre la Reforma, pero podrá votarse separadamente hasta una tercera parte de ella, si así lo aprobara un número no menor de una tercera parte de la Asamblea Nacional o si en la iniciativa de reforma así lo hubiere solicitado el Presidente o Presidenta de la República o un número no menor del cinco por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral.
Artículo 345. Se declarará aprobada la Reforma Constitucional si el número de votos afirmativos es superior al número de votos negativos. La iniciativa de Reforma Constitucional revisada no podrá presentarse de nuevo en un mismo período constitucional a la Asamblea Nacional.
Artículo 346. El Presidente o Presidenta de la República estará obligado a promulgar las Enmiendas y Reformas dentro de los diez días siguientes a su aprobación. Si no lo hiciere, se aplicará lo previsto en esta Constitución
