Foto: www.cne.gov.ve

En una entrevista con El Universal, el rector del CNE Vicente Díaz explicó que la nueva propuesta del Presidente, de someter a referendo de una sola pregunta la enmienda de cinco artículos, provocará que se violen los derechos políticos de los electores.

El rector Vicente Díaz, presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento del Poder Electoral, sostiene que la ampliación “de la reelección indefinida a todos los cargos de elección popular significa hablar de ámbitos de elección diferentes y de registros de votantes diferentes”, situación que complica la organización de la consulta popular.

El organismo comicial no puede dejar de actualizar el Registro Electoral, porque se estaría violando el artículo 64 de la Carta Magna

Además, destaca que el organismo comicial no puede dejar de actualizar el Registro Electoral, porque se estaría violando el artículo 64 de la Carta Magna al negarle a los nuevos votantes el derecho al sufragio.

Aunque el rector no puede adelantar opinión sobre el fondo de la propuesta presidencial, sí asegura que la ampliación de la reelección debe abrir un intenso debate en el país sobre la carrera electoral y política.

Venezuela vive una especie de tradición en materia política -sostiene Díaz- en que una persona elegida para un cargo parroquial, si tenía éxito y lo hacia bien podía aspirar a un cargo de concejal, mientras los alcaldes aspiraban a gobernador y los gobernadores a Presidente. En este momento, este será un debate interesante”.

-¿Por qué la propuesta podría violar los derechos políticos de algunos electores?

-Desde el punto de vista electoral esa propuesta que hace el presidente de la República tiene implicaciones muy importantes (…) No sé si calificarlas de beneficiosas o perjudiciales (…) pero no se puede olvidar que el artículo 64 de la Constitución establece dos cosas: que todo elector mayor de 18 años tiene derechos políticos y que el principal derecho político es el voto (…) además los extranjeros con ciertas características de residencia en el país tienen derecho a votar en algún tipo de elección, en este caso elecciones locales”.

No podría ser una sola pregunta porque los extranjeros se verían privados de votar en una consulta que los afecta directamente a ellos.

-¿El problema con la propuesta del Presidente es que se están mezclando niveles de elección distintos?

-Pongamos un ejemplo: Un extranjero, con más de 10 años de residencia en el país, puede votar para que los alcaldes sean reelectos permanentemente, pero no podrían votar en el caso del Presidente, porque no eligen al jefe del Estado.

-¿Y los venezolanos residenciados en el exterior?

-Podrían votar en el caso del Presidente, pero no podrían participar en el caso de cargos de ámbito local como gobernadores y alcaldes, aunque en este caso se podría dar una interpretación más amplia sobre la facultad de estos venezolanos, de opinar sobre todo en el régimen político de Venezuela.

-¿Puede formularse una sola pregunta para artículos que hablan de la reelección del Presidente, gobernadores, alcaldes y legisladores?

-Estamos hablando de situaciones de ámbito electoral diferente (…) los cuadernos de votación tendrían que adaptarse a esa realidad. No podría ser una solo pregunta porque los extranjeros se verían privados de votar en una consulta que los afecta directamente a ellos.

-¿Se va a actualizar el RE?

-Según el artículo 64, toda persona que cumpla la mayoría de edad, hasta el día en que se realice el eventual referendo, tiene el derecho a ejercer el voto, razón por la cual habría que abrir el Registro Electoral para que esas personas tengan el derecho a inscribirse, si no se estaría violando el derecho político más importante.

Si no se actualiza el Registro, todas las personas que van a cumplir años antes de la enmienda se verían privadas de sus derechos políticos (…) Se crea un conflicto de competencias en la Constitución, que ordena al CNE organizar el referendo en 30 días, pero a la vez le ordena abrir el Registro a los nuevos votantes.

Si se abre el Registro significa que tiene que existir período de impugnación

Si se abre el Registro significa que tiene que existir período de impugnación; incluso, sin importar la fecha de corte que se establezca para elaborar los cuadernos de votación, tendría que darse la oportunidad de impugnar el padrón de votantes.

-¿Qué postura debe asumir el CNE ante la enmienda?

-El CNE tiene que abrir un espacio de consulta ante la Sala Constitucional para constatar que no se está violando el derecho de los ciudadanos que cumplen 18 años a participar, y por el otro lado que los extranjeros residenciados en el país no voten en un ámbito que no les corresponde.


Eugenio G. Martínez
EL UNIVERSAL

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