Publicado el 07 de jun de 2012 2:38 pm |
(Caracas, 07 de junio. Nota de Prensa) La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se declaró competente para conocer la demanda de protección de derechos e intereses colectivos interpuesta por la defensora del Pueblo, Gabriela Ramírez, en contra de las empresas importadoras de prótesis mamarias PIP.
Asimismo, la sala admitió la medida cautelar innominada a favor de aquellas personas que tengan implantada en su cuerpo prótesis mamarias marca PIP, fabricadas por las empresas Poly Implant Prothese, Galaxia Médica, Multi Industrias Médicas Multimed, farmacia Locatel, Locatel franquicia, Sociedad Venezolana de Cirugía Plástica Reconstructiva, Estética y Maxilofacial y la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales (AVCH).
En consecuencia, la Sala Constitucional acordó, hasta que no haya una sentencia definitiva, prohibir colocar implantes mamarios marca PIP y cualquier otro implante no autorizado por el Ministerio de Salud.
La decisión también ordenó el retiro y reemplazo de las prótesis mamarias, marca PIP, de forma programada, a costa de la empresa Galaxia Médica, de los médicos cirujanos y las clínicas privadas que intervinieron en la mamoplastia.
Además, el TSJ, entre otros aspectos, ordenó a los médicos de libre ejercicio, a través de la Sociedad Venezolana de Cirugía Plástica, Reconstructiva y Maxilofacial que gratuitamente realicen los chequeos y/o exámenes necesarios a los pacientes que operaron y a quienes se colocaron PIP.
También la sala ordenó a las clínicas privadas, a través de la AVCH, que gratuitamente practiquen los exámenes de diagnóstico necesarios a los pacientes que se operaron y portan implantes PIP.
Igualmente, la decisión del TSJ ordena al Ministerio para la Salud la elaboración de una planilla de registro de datos, en su página web, a objeto de que quienes porten prótesis PIP se inscriban para formar una relación de las personas afectadas.
La demanda y la solicitud de la medida cautelar requerida fue interpuesta por la defensora del Pueblo, Gabriela Ramírez, y un conjunto de abogados.
La sentencia supone una “admisión de juicio”
El presidente de Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco), Roberto León, explicó a Efe que esta sentencia supone una “admisión del juicio”, proceso que, aseguró, comienza “a partir de ahora” en el Supremo.
Detalló que la Sala Constitucional adoptó “medidas cautelares de emergencia”, que, a su juicio, son “muy correctas y muy ajustadas” para las afectadas que tengan ruptura o filtración de las prótesis y requieran atención inmediata.
León celebró, igualmente, que se ordenará practicar los exámenes de forma gratuita, al señalar que su “alto costo” representaba una “limitante” para muchas afectadas.
Nakary Fleming, del grupo coordinador de la organización Afectadas prótesis PIP Venezuela, declaró a Efe que se trata de la “reivindicación de un derecho” que tienen todas las afectadas que fueron “timadas en su buena fe por una empresa extranjera”.
Señaló que sigue en “la lucha” en busca de una solución, pues, a su entender, quedan pendientes “muchos pasos”.
Fleming indicó que 33.000 mujeres en Venezuela se colocaron los implantes de PIP.
El diputado Rodolfo Rodríguez, quien ha promovido la causa de las afectadas ante la Asamblea Nacional, donde se creó una subcomisión especial de salud para prótesis y biopolímeros, aseguró a Efe que “más de 800″ mujeres sufren “estado crítico de salud” a raíz de filtraciones y otras complicaciones con las prótesis.
Alrededor de 2.000 venezolanas presentaron en enero pasado una demanda contra los comercializadores de los implantes franceses PIP (Poly Implants Prothéses) en el país para exigirles el pago de las operaciones de extracción y reconstrucción de las mamoplastias por los “daños en la salud y la vida” de las afectadas.
Una juez venezolana desestimó en febrero la acción judicial, pero esa decisión fue anulada por el Juzgado Superior Décimo de Caracas.
La acción de las mujeres fue acogida posteriormente por la Sala Constitucional y sirvió, además, como base para la demanda de la Defensoría, explicó a Efe el abogado Gilberto Antonio Andrea, promotor de la acción de amparo constitucional presentada el 6 de enero de este año
Con información del Minci y EFE

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